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Asesoría Fiscal Contable

La contabilidad es una ciencia (ya que produce conocimiento sistemático y verificable) y una técnica (permite procesar y aplicar datos) que aporta información de utilidad para la toma de decisiones económicas. Su objeto de estudio es el patrimonio, cuyo análisis aparece reflejado en los denominados estados contables o estados financieros.

Fiscal (del latín fiscalis) es lo perteneciente o relativo al fisco. Este término está vinculado a la hacienda pública o al conjunto de organismos públicos encargados de la recaudación de impuestos.

Se conoce como contabilidad fiscal al sistema de información relacionado con las obligaciones tributarias. Este tipo de contabilidad se basa en las normativas fiscales establecidas por la ley y contempla el registro de las operaciones para la presentación de declaraciones y el pago de impuestos.

El equipo asesor fiscal de Seige trabajará para mantener en orden y al dia la situación contable y fiscal de su empresa. Nuestro objetivo no se limita a la presentación de impuestos, sino que buscamos aportar el valor añadido del análisis periódico de los datos para tratar de corregir o potenciar el funcionamiento de la empresa.

Algunos de nuestros servicios son:
  • Mecanización informática mensual de los asientos contables generados por la actividad empresarial, facturas emitidas, facturas recibidas, gastos y movimientos bancarios, en base al Plan General Contable vigente en cada momento.
  • Confección y tramitación de los impuestos trimestrales de IVA, IRPF y retencioness. Modelos 303-111-115-123 -130
  • Confección y tramitación de los resúmenes anuales de IVA, IRPF y retenciones así como la declaración anual de operaciones con terceros. Modelos 390-190-180-347.
  • Estudio, confección y tramitación del Impuesto de Sociedades, modelo 200 y de los tres pagos a cuenta, modelo 202.
  • Cálculo y realización de las Amortizaciones anuales y de las Regularizaciones anteriores al Cierre Contable Anual.
  • Confección de las Cuentas Anuales y Memoria e inscripción en el Registro Mercantil (Balances de Situación y de Pérdidas y Ganancias, Memoria, Certificado de Junta).
  • Confección de los libros contables e inscripción en el Registro Mercantil.
  • Confección de informes contables con Balances de Situación y de Pérdidas y Ganancias para bancos y/o proveedores.
  • Contestación de las notificaciones telemáticas realizadas por la Agencia Tributaria.
  • Informes trimestrales de la situación de la Empresa.
  • Realización de cualquier trámite telemático ante la Agencia Tributaria.
  • Atención personalizada de todo tipo de consultas en el ámbito contable y fiscal.


Puedes contactar a través de la sección Contacto o bien llamando al 937.077.043
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  • 11/02/2022
    Ayudas y Subvenciones 2022 \"Kit Digital\"
    Ayudas: el Kit Digital 

    El marco regulador del “kit Digital” corresponde a un programa del Gobierno para la digitalización y transformación de las pymes, micropymes y autónomos. Dicho plan publicado en el BOE el jueves 30 de diciembre de 2021, cuenta con un presupuesto de 3.067 millones de euros derivados del fondo de recuperación de la UE. 

    Con ello, se persigue ofrecer unas ayudas destinadas a incorporar herramientas digitales como sitios webs y presencia en internet, comercio electrónico, gestión de redes sociales, gestión de clientes, business intelligence, gestión de procesos etc. 

    Pueden optar al programa empresas de todos los sectores a través del portal oficial Acelera pyme (https://acelerapyme.gob.es). Una vez concedida la ayuda, las empresas recibirán un “bono digital” que se podrán gastar en los servicios de los “agentes digitalizadores”. 

    La solicitud del Kit Digital es accesible tanto para las empresas pequeñas, como microempresas y autónomos. El Gobierno las separa en función del número de trabajadores, por tanto, la cuantía de las ayudas del “bono digital” será en función del número de empleados. 



    El “bono digital”, que corresponde a un derecho de pago, que se da una vez concedida la ayuda, se engloban unos servicios en función del tamaño de empresa/autónomo (número de trabajadores) y soluciones informáticas:


    Los servicios contratados conllevan una cuantía de la que dicho coste total no se podrá exceder. Por consiguiente, hay algunos conceptos excluidos del programa Kit Digital, tal y como especifica el BOE, por ejemplo impuestos, elementos de hardware o el gasto de las conexión a internet.
  • 21/09/2018
    Subvenciones a la contratación en Barcelona
    Subvenciones a la contratación en Barcelona

    Muchas veces las empresas se quejan de la falta de subvenciones y, aunque es verdad que han disminuido, en realidad siguen habiendo oportunidades cada vez son más concretas y encaminadas a finalidades específicas y no generales.

    Concretamente el Ayuntamiento de Barcelona lleva varios años subvencionando a fondo perdido la contratación laboral, insistiendo en cada ejercicio en un grupo determinado de población.

    Actualmente la línea abierta, bajo el título de “Bona feïna, Barcelona”, se refiere a la subvención a fondo perdido de hasta 12.000€ para la contratación de personas de ciertos colectivos. La finalidad es la contratación de personas que estén en alguna de las siguientes cuatro circunstancias:
    1.- Personas mayores de 40 años en situación de paro de larga duración.
    2.- Personas en riesgo de exclusión social.
    3.- Personas participantes en programas de inserción laboral de Barcelona Activa (organismo dependiente del Ayuntamiento de Barcelona).
    4.- Personas con residencia en alguno de los territorios de actuación preferente de la ciudad.

    Las empresas participantes deben cumplir los siguientes parámetros:
    1.- Tener como mínimo un centro de trabajo en el Area metropolitana de Barcelona.
    2.- Llevar como mínimo 6 meses de actividad.
    3.- Estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
    4.- Suscribir y formalizar un contrato de trabajo de mínimo 12 meses, o bien indefinido.
    5.- El sueldo anual no podrá ser inferior a los 13.062,72€ en jornada completa.

    El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el próximo 31 de diciembre.

    En Seige tenemos experiencia en la tramitación y obtención de subvenciones a fondo perdido. Trabajamos siempre a resultados y, por lo tanto, sólo cobramos si usted recibe la subvención.

    Para más información:
    barcelonactiva.cat/bonafeina
    info@seigeabogados.com
    Teléfono: 93.707.70.43

    Josep M. Mur
    Gestor de Empresa